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La ley N°30102, es una ley publicada el 5 de noviembre del 2013 por el presidente Ollanta Humala Tasso, la cual busca establecer las medidas para prevenir los efectos nocivos de la radiación solar en la salud de las personas en el ámbito privado y público.

Las entidades privadas y públicas

En tal sentido, la ley establece cuales son las obligaciones de los responsables de las empresas o entidades públicas y privadas con el propósito de reducir la exposición a la radiación solar a la que pueden estar expuestas las personas al interior de los límites de la empresa:

  1. Desarrollar actividades enfocadas a informar y sensibilizar a los colaboradores acerca de los riesgos de la exposición prolongada a la radiación solar.
  2. Informar a los colaborares acerca de las medidas tomadas para prevenir los daños que puede causar la exposición a radiación solar.
  3. Establecer que los eventos o actividades que se realicen en espacios abiertos o áreas que no ofrezcan protección contra la radiación solar sean realizadas entre las 08:00 a.m. y 10:00 a.m. o a partir de las 04:00 p.m., horarios en los que la radiación solar es baja.
  4. Proveer de equipos, instrumentos, accesorios o productos que sirvan para la protección solar en situaciones que resulte inevitable la exposición a la radiación solar.
  5. Comunicar a todo el personal de la empresa sobre las consecuencias de la exposición prolongada a la radiación solar mediante carteles que incluyan el siguiente mensaje: «La exposición prolongada a la radiación solar produce daños a la salud».
  6. Promover acciones de arborización dentro de los límites de la empresa con el propósito de fomentar la generación de sombra natural.

Protección de la piel ante los efectos de los rayos solares

Las escuelas públicas o privadas

Los directores de las escuelas públicas o privadas, máximas autoridades de los centros de educación, deben informar al inicio del periodo escolar cuáles son los riesgos de la exposición a la radiación solar y recomendar las medidas de seguridad correspondientes.

Así mismo, los centros educativos públicos y privados deberán de contar con un área que cumpla con proteger a las personas frente a la realización de actividades al aire libre. Dicha área será fiscalizada por el Ministerio de Educación (MINEDU).

La ley, obligación de los empleadores

Los empleadores deberán de tomar medidas de protección cuando sus colaboradores realicen actividades que los haga estar expuestos a la radiación solar. Dichas medidas serán dirigidas a todo el personal de la empresa, sin importar a que régimen o tipo de contrato mantenga con la empresa.

Además, al inicio de la relación laboral los colaboradores deberán recibir información sobre cuáles son los efectos nocivos hacia la salud por la exposición prolongada a la radiación solar sin las medidas de seguridad adecuadas.

El cumplimiento de la Ley N°30102 está sujeta a la fiscalización del Ministerio de Salud (MINSA), Ministerio de Educación (MINEDU), Ministerio de la Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), gobiernos regionales y locales.

Pasos para protegernos del sol

 

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