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Estimados colegas buenos días, comparto con ustedes lo que hace poco se publicó por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), el listado de las empresas que no declaran tener un Comité de seguridad y salud en el trabajo en el T-registro.

Como es de conocimiento, en la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo se establece que las empresas que cuenten con 20 o más trabajadores registrados en planilla deben contar con un Comité de SST, y el no tenerlo es considerado como una infracción grave.

¿Qué es el T-registro?

De acuerdo a la definición de la SUNAT, es el Registro de Información Laboral de los empleadores, trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación laboral (modalidades formativas laborales), personal de terceros y derechohabientes.

El T-registro comprende información de carácter laboral, de seguridad social y otros datos relevantes sobre el tipo de ingresos de los sujetos registrados. Este es el primer componente de la Planilla Electrónica.

De acuerdo a la R.M. 260-2016-TR se establece que los empleadores deben declarar en el Registro de Información Laboral (T-registro) de la Planilla Electrónica, la existencia del Comité o del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, conforme a lo establecido en la Ley N° 29783.

Lista de empresas

En el listado que se comparte a continuación se puede apreciar la razón social de la empresa, número de RUC y el estado en el que se encuentra: «no declarado», «no tiene» o «supervisor de sst».

  • No declarado: La empresa no ha declarado si cuenta o no con un Comité o Supervisor de SST.
  • No tiene: La empresa no indicó si tiene un Comité o Supervisor de SST.
  • Supervisor de SST: La empresa ha declarado tener un Supervisor de SST a pesar de tener registrado en la planilla a 20 o más trabajadores.

A continuación, se comparte el listado:

Empresas que no declaran Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo en el T-Registro: Descarga

¿Cómo corregir y reportar que una empresa tiene Comité de SST?

Lo que se debe hacer es acceder al siguiente formulario: https://forms.gle/uuG1zxbQBkVmhjaW8, completar con los datos de la empresa, y adjuntar 2 archivos en digital: el acta de instalación del Comité de SST y el t-registro actualizado donde se indica la existencia del Comité de SST.

Fuente:

Comité de seguridad y salud en el trabajo 2021.
Comité de seguridad y salud en el trabajo.

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